lunes, 28 de mayo de 2012

SOLUCIONES SIMPLES para actividades que requieren movimientos por encima de la cabeza

El problemaEn algunos trabajos de construcción se necesita realizar actividades que requieren movimientos por encima de la cabeza, como alcanzar objetos con uno o ambos brazos sobre el nivel de los hombros. En ocasiones su cabeza estará inclinada hacia atrás para poder ver lo que se hace. Ya sea que usted esté usando el taladro, colocando sujetadores o terminando de instalar los paneles de yeso (drywall o tablaroca), este tipo de trabajo realizado sobre el nivel de la cabeza tensiona los hombros y el cuello. Con el tiempo, puede ocasionar lesiones graves en los músculos y las articulaciones.





Usted tiene el riesgo de sufrir lesiones si realiza este tipo de trabajo a menudo y por períodos largos. El riesgo aumenta si usted frecuentemente sostiene herramientas, equipos o materiales sobre el nivel de los hombros o si tuerce su cuerpo mientras sus brazos están levantados en posiciones forzadas.

Cuando se trabaja en posiciones con los brazos levantados hay más probabilidad de sufrir lesiones si se realizan movimientos repetitivos o que requieren de mucha fuerza. Por ejemplo, cuando se trabaja con herramientas manuales y se realizan movimientos por encima de la cabeza una y otra vez y se hace mucha fuerza para alcanzar objetos situados arriba. Levantar, sostener y colocar objetos pesados o de formas extrañas e irregulares mientras que tiene los brazos levantados requiere también de fuerza.

El trabajar en posiciones que requieran movimientos por encima de la cabeza también puede reducir su capacidad para trabajar en forma segura y productiva. Por ejemplo, tiene riesgo de sufrir muchos tipos de lesiones si su campo visual está bloqueado, si el piso no es firme o si tiene dificultad para sostener o colocar alguna herramienta.

Bursitis

Lesiones y trastornos
A continuación describimos algunas de las lesiones que puede sufrir si realiza actividades que requieran movimientos por encima de la cabeza.

Hombro. Los dolores y las lesiones de los hombros generalmente son el resultado de usarlos excesivamente. Si mantiene el brazo levantado por encima del hombro (o mantiene el brazo estirado) en poco tiempo el hombro le empezará a doler y se cansará muy fácilmente.
Rotura del manguito de los rotadores
Los músculos del hombro se conectan al brazo mediante los tendones. Entre los tendones y los huesos se encuentran unas bolsas pequeñas llenas de líquido llamadas bursa, que lubrican el hombro para facilitar el movimiento. La tensión constante en el hombro puede causar que la bursa se contraiga, se hinche, se ponga rígida y se inflame (bursitis). Debido a la bursitis puede ser doloroso o casi imposible levantar el brazo.
Esta tensión constante en el hombro puede causar la inflamación de los tendones del hombro y por consiguiente dolor (tendinitis).
La rotura del manguito de los rotadores es otra lesión del hombro. El manguito de los rotadores está constituido por un grupo de cuatro músculos y sus tendones que envuelven la parte frontal, trasera y superior de la articulación del hombro y que permiten que el hombro realice una variedad de movimientos. La tensión en el hombro puede ocasionar su rotura por lo que puede ser difícil y doloroso llevar a cabo actividades cotidianas.
Una revisión de NIOSH de algunos estudios indicó que el riesgo de sufrir de dolores de hombro o trastornos musculares o de las articulaciones del hombro aumenta con la combinación de factores como trabajar a menudo con los brazos levantados (a 60° o más), realizar movimientos repetitivos de hombros y brazos mientras se mantiene esta posición y hacer fuerza en esa postura.
Cuello. El cuello es una estructura complicada compuesta de siete huesos, llamados vértebras cervicales, situados uno debajo del otro. También se compone de cartílagos, nervios, músculos y ligamentos (cordones fibrosos largos que sostienen los músculos). Cuando el cuello se flexiona hacia adelante o hacia atrás o con frecuencia, los músculos se esfuerzan más y los ligamentos se flexionan y estiran. Con el tiempo estos ligamentos se pueden romper parcialmente ocasionando un esguince cervical o del cuello.

Otra afección común es el síndrome de tensión del cuello, que es una distensión muscular ocasionada por permanecer largos períodos con la cabeza flexionada hacia atrás. Esto puede causar rigidez en el cuello, espasmos musculares y dolores en el cuello o que se propagan desde esta región.

También es posible padecer de artritis cervical o del cuello. El riesgo de sufrir de artritis es mayor en los trabajadores que han tenido una lesión del cuello y todavía siguen realizando trabajos que requieren movimientos por encima de la cabeza.
De acuerdo a un estudio de NIOSH realizado en 1997, el riesgo de sufrir dolor del cuello o trastornos musculoesqueléticos del cuello aumenta con la combinación de factores como trabajar a menudo con el cuello flexionado (a 15° o más), realizar movimientos repetitivos y hacer fuerza en esa postura.

Algunas soluciones
Las labores que requieren movimientos por encima de la cabeza no pueden ser eliminadas de la actividad de la construcción, pero es posible cambiar la forma en que se realizan de tal manera que el cuerpo las pueda ejecutar más fácilmente. Hay soluciones que pueden reducir el nivel de tensión en los hombros, cuello y brazos. Además pueden disminuir la frecuencia y duración de la tensión en el cuerpo.

Muchas de las soluciones también pueden eliminar otros riesgos de seguridad potenciales e incrementar la productividad.

El tipo de actividad y las condiciones del lugar de trabajo determinarán la mejor solución para su actividad. En las hojas informativas #6–9 se indican algunas posibles soluciones para problemas relacionados con actividades específicas que requieren movimientos por encima de la cabeza. 
Algunas soluciones generales para realizar actividades con movimientos por encima de la cabeza que conllevan menos riesgo de lesiones son:

Cambio de materiales o procesos de trabajo.
Una de las soluciones más eficaces puede ser el uso de materiales, componentes para la construcción o métodos de trabajo que requieran menos esfuerzo físico del trabajador de tal manera que tomen menos tiempo y el movimiento por encima de la cabeza se realice durante períodos más cortos. Por ejemplo, la instalación de piezas de concreto en las estructuras del cielo raso eliminaría la necesidad de taladrar por largos períodos de tiempo para colocar las varillas estriadas de los sistemas de cielos rasos. Generalmente un trabajador o un subcontratista de la construcción no puede tomar una decisión de este tipo. Ciertos cambios pueden requerir de la aprobación del dueño de la obra, arquitecto, ingeniero o contratista general.

Cambio de herramientas o equipo.
Por ejemplo, utilice extensiones de barrenas para taladros y pistolas de tornillos que le permitan sostener la herramienta al nivel de la cintura o de los hombros en vez de por encima de la cabeza. Use elevadores o montacargas mecánicos para levantar y colocar los materiales de construcción en vez de hacerlo manualmente o use un elevador de personas para ubicarse cerca del área de trabajo. En algunos casos el costo y las condiciones del lugar de trabajo pueden restringir el uso de equipos de este tipo.
Cambie las reglas de trabajo y ofrezca capacitación. Los contratistas pueden fomentar el uso de equipos como extensiones, elevadores y montacargas que reduzcan la necesidad de levantar los brazos para realizar las labores. Se pueden establecer reglas para limitar el tiempo que los trabajadores dedican a la realización de tareas que requieran movimientos por encima de la cabeza sin que descansen. Una política que ofrezca capacitación en conceptos de ergonomía también puede ayudar a que los trabajadores identifiquen problemas potenciales y busquen soluciones eficaces.
Los elevadores mecánicos reducen la tensión producida al sostener y colocar objetos
Los elevadores de personas brindan plataformas estables para realizar trabajos que requieren movimientos por encima de la cabeza y eliminan la necesidad de escaleras y andamios


lunes, 21 de mayo de 2012

¿QUÉ ES ERGONOMÍA?


Ergonomía
ERGONOMIA
La meta de la ciencia de la ergonomía es buscar las condiciones “más adecuadas” entre el trabajador y las condiciones de trabajo. La ergonomía trata de buscar soluciones para lograr que los trabajadores estén seguros, cómodos y sean productivos. Generalmente esto implica cambios ya sea en las herramientas, los equipos, los materiales, los métodos de trabajo o hasta del mismo sitio de trabajo. Aunque la ergonomía es un tema nuevo en la industria de la construcción, estas ideas han estado circulando por muchos años. Por ejemplo, en 1894 se diseñó en los Estados Unidos el andamio de niveles (split-level) para trabajos de albañilería con el fin de reducir la frecuencia con que los trabajadores doblan el cuerpo. Este sistema se diseñó para mejorar la productividad de los trabajadores al reducir el tiempo que permanecen en posiciones forzadas. Todavía se plantea un argumento contundente para el uso de adaptaciones ergonómicas con el fin dereducir la exposición de los trabajadores a los factores de riesgo que causan los trastornos musculoesqueléticos debido al trabajo y para mejorar su productividad.

jueves, 17 de mayo de 2012

"Los profesores también lloran" APUNTES SOBRE LA SALUD LABORAL DE LOS DOCENTES

Este artículo fué extraido de una página española, pero el contenido es aplicable a nuestra realidad y evidencia la problemática que afrontamos en cuanto a crear una cultura de prevención desde las instituciones educativas, muy interesante el análisis.         
                

     
Últimamente se está produciendo un alto consenso sobre la necesidad de fomentar la cultura de la prevención desde las enseñanzas obligatorias. Sin embargo, si queremos valernos de la escuela para este fin, hemos de empezar por acercarnos a los problemas de los propios docentes. Se trataría de fomentar que en el centro educativo se viva la prevención de riesgos como algo que se asume, evidencia y de lo que participan activamente tanto profesores como alumnos.

viernes, 11 de mayo de 2012

UTILIZAC ION DE SISTEMAS ANTICAIDAS




INTRODUCCIÓN.

Los sistemas anticaídas son equipos de protección individual, cuya función principal es proteger al trabajador usuario de una posible caída de altura.

Estos equipos de protección individual, deben cumplir con unos requisitos extensos y exigentes en su diseño y fabricación, así como que sus usuarios estén informados y formados en su utilización y mantenimiento.

martes, 8 de mayo de 2012

SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL: ¿QUÉ LE DEPARA A LAS EMPRESAS?

La adecuación del marco normativo que regula la seguridad y salud en el trabajo está suscitando incertidumbre en los empleadores. Su implementación está evidenciando varios vacíos y deficiencias. Además, la severidad de las sanciones está generando una gran polémica. Queda claro que, tal como está concebida la norma, muchas empresas no van a poder asumir los costos que implica cumplirla.

Ya desde los años ochenta la seguridad y salud laboral formaba parte de los temas que se abordaban a nivel empresarial. Sin embargo, recién en el año 2005 el Estado plantea un programa en este sentido al aprobar el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo 009-2005-TR), a través del cual se les exigía a las empresas ciertos requisitos en temas de seguridad y salud en el ámbito laboral. Desde una perspectiva formal este reglamento, sin embargo, tenía un carácter inusual.
«No es frecuente que se dicte un reglamento sin ley, lo común es que se dicte una ley que posteriormente sea desarrollada por un reglamento», manifiesta Orlando de las Casas, miembro del Área Laboral del Estudio Rubio Leguía Normand.
Lo meritorio, sin embargo, era que por primera vez se regulaba de manera integral los sistemas de seguridad y salud en el trabajo en todas las actividades económicas.
«Este reglamento demandaba a las compañías con más de 25 trabajadores para que conformen un Comité de Seguridad y Salud en el trabajo, el cual tenía que estar compuesto por un representante de los trabajadores y además de un representante de la parte empleadora», refiere Ricardo Buden, ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional de Humana Vital.
Como explica Buden, en el caso de las compañías con menos de 25 trabajadores, debían contar con un supervisor. La función del comité (o del supervisor, según el caso), era analizar los peligros y riesgos a los que estaban expuestos los trabajadores en su actividad diaria.
Énfasis en la seguridad
«Este decreto, en realidad, estaba más enfocado al tema de seguridad, pero en lo que es la salud solamente fijaba la obligación de hacer exámenes médicos y entregar los resultados», precisa Juan Carlos Palomino, médico especialista en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente de la Clínica del Trabajador.
160El especialista de la Clínica del Trabajador, explica que si bien se establecía la obligación de realizar exámenes médicos, éstos debían realizarse a partir del momento en que se instituyan los protocolos de exámenes médicos, es decir, se definan qué tipos de exámenes realizar. Durante varios años no se publicaron los protocolos y, por lo tanto, no hubo obligatoriedad en cuanto a los exámenes médicos
En general, el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo no disponía de mecanismos para persuadir su cumplimiento y, en la práctica, fueron muy pocas las empresas que implementaron un sistema de seguridad y salud. En realidad, hasta el año 2007 no se habló de inspecciones para constatar el cumplimiento de la norma.
Es, en efecto, con la aprobación del Decreto Supremo Nº 007-2007-TR que se plantea de forma manifiesta que el Ministerio de Trabajo realizará inspecciones acerca del cumplimiento de la norma. «Es en ese momento que diversas empresas comienzan a preocuparse por la implementación de sus sistemas de gestión de seguridad, persuadidos por las posibles sanciones que podrían recibir», esclarece Buden.
Este decreto, que modifica al Reglamento del año 2005, dejó clara la importancia de velar por la seguridad y salud de los trabajadores, y el deber de las compañías de implementar un sistema de gestión sobre los mismos.
Ley de Seguridad y Salud
180Pero es el año pasado, con la promulgación de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley Nº 29783), que realmente el tema de la seguridad y salud en el trabajo pasa a un primer plano en el sector empresarial. «Con la promulgación de la referida ley, el establecimiento de sistemas de seguridad y salud en el trabajo adquieren un peso y formalidad mayor», manifiesta Orlando de las Casas.
Además, existe una razón mayor, y es la que está generando mucha polémica. Bajo el marco normativo de la Ley se ha creado un delito nuevo, denominado «atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales»; por lo tanto, se establece que será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor a cinco, quien no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores se desempeñen de manera efectiva, poniendo en riesgo su integridad, salud o vida.
Además, precisa Orlando de las Casas, si como consecuencia de una inobservancia de las normas de seguridad y salud, ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves para el trabajador o para terceros, la pena privativa de la libertad no será menor de cinco años ni mayor de diez años.
Más cambios
Ricardo Buden explica que la Ley 29783 solicita a las empresas, la identificación del peligro, la evaluación de riesgos y, además, las medidas de control respectivos. Esta última no se consignaba en el Decreto Supremo 009-2005.
Asimismo, según Orlando de las Casas, la Ley -comparado con el DS 009-2005-, especifica más el ámbito de su aplicación, señalando que se adapten no solamente todos los sectores económicos, sino a las fuerzas armadas, policiales, empresas tercerizadoras, trabajadores autónomos, etcétera.
Otro elemento innovador que otorga la ley respecto al reglamento, es la creación de un sistema nacional, con la finalidad de crear un espacio de concertación y establecimiento de políticas de seguridad y salud.
Para conseguirlo se ha establecido el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y también los consejos regionales de seguridad y salud laborales. En ambos casos con una conformación tripartita, es decir, representantes del estado, representantes de las organizaciones empresariales y representantes de las organizaciones de trabajadores.
Se definen los protocolos
200El año pasado también ocurrió otro hecho notable, como fue la aprobación del documento técnico «Protocolos de Exámenes Médico Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad» (RM 312- 2011/MINSA). «Definido los protocolos, la exigencia de los exámenes médicos ahora sí se torna obligatoria», comenta Juan Carlos Palomino.
Además, esta resolución señala que las empresas con menos de 200 trabajadores deben, por lo menos dos veces por semana (en total ocho horas), brindar atenciones de salud por parte de un médico ocupacional. Ahora, si la organización tiene más de doscientos trabajadores, el médico va a tener que brindar sus servicios de atención médica a la empresa por un lapso de seis horas diarias. Allí el especialista examinará las posibles enfermedades ocupacionales a las que están expuestos los trabajadores.
«Entonces, el médico tendrá que realizar la vigilancia médica a los trabajadores, ver las enfermedades que se generen en el ámbito laboral, las posibles exposiciones de gases tóxicos que se enfrentan a diario, la ergonomía, y los accidentes e incidentes que se manifiesten en la empresa», apunta Buden.
Cuando las empresas comenzaron a adecuarse a la RM 312 del Ministerio de Salud fue que aparecieron serios problemas en su aplicación. Surgieron consideraciones técnicas que la hacían no aplicables y existían puntos que se prestaban a diversas interpretaciones. En estas circunstancias, las empresas que ofrecían servicios especializados en salud ocupacional no se ponían de acuerdo acerca de qué exámenes debían recomendar a sus empresas clientes. En muchos casos se sugerían una enorme cantidad de exámenes que resultaban muy onerosos para las empresas.
«Hay pruebas en las que la RM 312 no especifica si se tienen que realizar al ingreso, de forma periódica o al final. Asimismo, existen pruebas que no son las más adecuadas en ciertas circunstancias. Eso genera un gran problema a la hora de la aplicación de la norma», agrega Juan Carlos Palomino.
En efecto, la RM 312 no se cristalizó en un documento técnico, lo que ha ocasionado un gran problema para su aplicación en lo que es el tema de salud.
Problema nuevo
Pero, la urgencia de cumplir con la RM 312 está develando un problema nuevo, como es la escasa cantidad de médicos ocupacionales. Ello está provocando que muchos médicos, atraídos por la demanda, comiencen a ingresar al campo ocupacional pero con una visión totalmente clínica
«Eso puede ser contraproducente, porque puede llevar a plantear exámenes y protocolos de exámenes médicos para evaluar todas las enfermedades, lo que puede resultar muy oneroso para la empresa. Hay que tener en cuenta que la medicina ocupacional se enfoca básicamente en la prevención», advierte Juan Carlos Palomino.
Aún con todas sus deficiencias, la RM 312 sí ha persuadido a las empresas para que realicen los exámenes médicos a sus colaboradores, especialmente porque se ha dispuesto que el Ministerio de Salud comience a inspeccionar a las empresas en lo referido a la salud ocupacional. De hecho, ya se están haciendo algunas inspecciones, pero aún no hay una auditoría muy exhaustiva. En la mayoría de los casos responden a quejas de trabajadores particulares. Al parecer, por un buen tiempo las inspecciones se van a centrar en el cumplimiento de los exámenes médicos y, de acuerdo a las enfermedades que se detecten, en qué está haciendo la empresa al respecto.
Si bien de lo que se trata es de que la seguridad y salud en el trabajo sea un compromiso tanto de la parte empleador y de los trabajadores, Ricardo Buden advierte que en el contexto actual, se percibe que la preocupación, por el lado de los empresarios, viene más bien animada por evitar las sanciones y no por una real preocupación por los trabajadores. «Ello da como resultado que la implementación de la Ley se realice con serias disconformidades», comenta Buden.
Costos
Dependiendo de la industria en que opera la empresa, van a variar los gastos de ceñirse a la Ley 29783. Si se trata de una empresa, por ejemplo, netamente administrativa no se van a producir grandes cambios; sin embargo, si hablamos de compañías industriales donde hay procesos operativos que implican un alto riesgo para sus trabajadores, el costo de la inversión va a ser mayor.
Ahora, en lo que concierne a lo que es el tema de la salud, si, por ejemplo, los exámenes médicos no están bien planteados pueden resultar muy costosos. No obstante, con una buena orientación, se pueden optimizar los costos y conseguir importantes beneficios, como contar con colaboradores saludables que laboran en un entorno de riesgo controlado.
El hecho que la norma pida contar con un médico en planta, como se ha señalado, también hace que sea caro cumplir la norma. Para reducir costos algunas empresas están recurriendo a los servicios de médicos jóvenes con poca experiencia. «Pero eso genera el riesgo de que una mala gestión pueda ocasionar serios problemas a la empresa en el futuro, especialmente cuando comiencen las demandas de los trabajadores por el tema de las enfermedades laborales», anota Juan Carlos Palomino.
En la minería este tipo de demandas son muy comunes, y son atendidos por abogados especialistas; éstos, dentro de poco, también ya van a comenzar a mirar a las otras industrias.
Orlando de las Casas considera que, como está concebida la norma, hay empresas que no van a estar en condiciones de asumir estos costos, especialmente las más pequeñas.
Beneficios
Sin embargo, es importante destacar que adecuarse a dicha ley también trae considerables beneficios a las compañías.
Es sabido que la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo se basa en la ley española referida al mismo tema que, a su vez, se fundamenta en la certificación internacional OHSAS 18001, que define los requisitos para el establecimiento, implantación y operación de un sistema de gestión en seguridad y salud laboral.
«Si las empresas logran implementar la Ley 29783 estarían a un paso de la OHSAS 18001 que es una certificación internacional, eso ayudaría a las empresas a abrir nuevos mercados. De igual manera, las compañías tendrían que pagar una menor prima por los seguros, porque el riesgo sería menor», expresa Ricardo Buden.
Recomendaciones
Ante el complejo panorama que plantea la norma sobre la seguridad y salud ocupacional, lo primero que se recomienda a las empresas es tener un asesor medico, que conozca el tema y que tenga experiencia. «Eso les va a ayudar mucho a las empresa, porque de lo contrario pueden incurrir en costos innecesarios o enfrentar problemas legales laborales por temas que se pueden resolver fácilmente», comenta Juan Carlos Palomino.
Ricardo Buden, por su parte, recomienda a los empleadores a no ver la seguridad y salud en el trabajo como un gasto, sino como una oportunidad. En efecto, se pueden obtener importantes beneficios como mejorar la productividad de los trabajadores.
Otro aspecto fundamental es que, dentro del marco de la globalización, las empresas que quiere aspirar a crecer y ser rentables, deben tener en cuenta a la implementación de sistema de seguridad y salud como un posible aliado para los negocios.
«Si echamos un vistazo a la realidad nacional, las empresas transnacionales, así como los grupos empresariales nacionales grandes, están solicitando a las empresas que le brindan servicios tengan implementados los sistemas de seguridad y salud en el trabajo», asevera Buden.
La razón, según explica, es porque la ley expresa que el responsable de un accidente de trabajo en un lugar establecido, es la empresa que está contratando el servicio.
Por último, hay que señalar que se han dado grandes pasos en el Perú en lo que es la seguridad y salud ocupacional; sin embargo, la aplicación de la norma está trayendo serias complicaciones a las empresas, no solo porque hay aspectos que no están muy claros, sino también porque, a veces, no son los más adecuados desde el punto de vista técnico. A todo eso hay que agregar los importantes costos que conlleva desarrollar una adecuada gestión de seguridad y salud al interior de las compañías.

El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Según el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, José Villena, el reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (recientemente publicado), tiene tres grandes partes: primero, la creación del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde no solamente van a estar representantes de los empleadores, sino también representantes del Estado y de las centrales sindicales. En segundo lugar, se reglamenta y regula de manera adecuada, la participación efectiva de los trabajadores, en estos comités de seguridad y salud en el Trabajo al interior de las empresas. Y, en tercer lugar, el tema de la implementación, capacitación a cargo de los empleadores, dentro de la jornada de trabajo. José Villena, aseguró que el Estado va a apoyar a las empresas en la capacitación y difusión del reglamento.
Por otro lado, el reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo estableció que en 30 días hábiles las empresas o sus sindicatos deberán realizar la convocatoria para la elección del comité de seguridad y salud en el trabajo (obligatorio con 20 trabajadores o más) o el supervisor (en el caso de menos de 20 trabajadores).
También se estableció como obligación que la empresa ponga en conocimiento de sus trabajadores (incluso los intermediados o tercerizados) el Reglamento Interno de Seguridad y Salud, vía medios físicos o digitales.
En cuanto al reporte de accidentes mortales, la norma dispone que la empresa y centros médicos y otros (donde se atienda al trabajador) informen el hecho en 24 horas al Ministerio de Trabajo. Para casos no mortales basta el registro interno.
En cuanto a las auditorías al sistema de gestión de seguridad y salud, la norma estableció su exigencia desde el 1 de enero del 2013, pero en el sector energía y minas, en el 2012 estas auditorías se realizarán por empresas supervisoras de Osinergmin.

Orlando de las Casas Miembro del Área Laboral del Estudio Rubio Leguía Normand
Ricardo Buden
Ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional de Humana Vital
Juan Carlos Palomino
Médico especialista en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente de la Clínica del Trabajador
Extraído de infocapitalhumano.pe

jueves, 3 de mayo de 2012

EL TRABAJO SEDENTARIO PERJUDICA A LOS ENFERMOS DE FIBROMIALGIA

El trabajo sedentario perjudica a los enfermos de fibromialgia
Dejar el trabajo reduce las capacidades físicas del paciente
 “Las personas que realizan un trabajo sedentario, que implica poca actividad física, tienen una peor condición neuromuscular, lo que puede agravar el padecimiento de la fibromialgia”, explica Miguel Ángel Vallejo, catedrático de Psicología Clínica del Departamento de Psicología de la Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos de la UNED. Esta es la principal conclusión de un estudio publicado en la revista Rheumatology International.
La fibromialgia, que afecta sobre todo a las mujeres, es una enfermedad que implica dolores crónicos de músculos, fatiga intensa, alteraciones del sueño, rigidez en las articulaciones, trastornos cognitivos y diferentes cuadros de ansiedad y depresión.